CAPITULO III. EL DINERO, O LA CIRCULACION DE MERCANCIAS

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<< 1.Medida de los valores 
Con el objeto de simplificar, en esta obra parto siempre del supuesto de que el oro es la mercancía dineraria.
La primera función del oro consiste en proporcionar al mundo de las mercancías el material para la expresión de su valor, o bien en representar los valores mercantiles como magnitudes de igual denominación, cualitativamente iguales y cuantitativamente comparables. Funciona así como medida general de los valores, y sólo en virtud de esta función el oro, la mercancía equivalente específica, deviene en primer lugar dinero.
Las mercancías no se vuelven conmensurables por obra del dinero. A la inversa. Por ser todas las mercancías, en cuanto valores, trabajo humano objetivado, y por tanto conmensurables en sí y para sí, pueden medir colectivamente sus valores en la misma mercancía específica y ésta convertirse en su medida colectiva de valor, esto es, en dinero. En cuanto medida de valor, el dinero es la forma de manifestación necesaria de la medida del valor inmanente a las mercancías: el tiempo de trabajo.
La expresión del valor de una mercancía en oro --x mercancía A = y mercancía dineraria-- constituye su forma de dinero o su precio. Una ecuación aislada, como 1 tonelada de hierro = 2 onzas de oro, basta ahora para representar el valor del hierro de una manera dotada de vigencia social. Esta igualdad no necesita ya marchar en formación con las ecuaciones de valor de las demás mercancías, puesto que la mercancía equivalente, el oro, ahora posee el carácter de dinero. Por ende, la forma relativa general del valor de las mercancías vuelve aquí a revestir la figura de su originaria forma relativa simple o singular de valor. Por otra parte, la expresión relativa desplegada del valor, o la serie infinita de expresiones relativas del valor, se torna en la forma específicamente relativa de valor de la mercancía dineraria. Esa serie, empero, ya está dada socialmente en los precios de las mercancías. Léanse al revés las cotizaciones de una lista de precios y se encontrará la magnitud de valor del dinero representada en todas las mercancías posibles. El dinero, en cambio, no tiene precio alguno. Para participar en esa forma relativa unitaria del valor de las demás mercancías, tendría que referirse a sí mismo como a su propio equivalente.
El precio o la forma dineraria del valor característica de las mercancías es, al igual que su forma de valor en general, una forma ideal o figurada, diferente de su forma corpórea real y palpable. El valor del hierro, del lienzo, del trigo, etc., aunque invisible, existe en esas cosas mismas; se lo representa mediante su igualdad con el oro, mediante una relación con el oro, la cual, por así decirlo, es sólo como un duende que anduviera en sus cabezas. De ahí que el custodio de las mercancías tenga que prestarles su propia lengua, bien colgarles un rótulo, para comunicar sus precios al mundo exterior. Como la expresión de los valores mercantiles en oro es ideal, el oro que se emplea en esta operación es también puramente figurado o ideal. Todo guardián de mercancías sabe que cuando confiere a éstas la forma del precio, o forma áurea figurada, está lejos de haberlas bañado en oro, y que para tasar en oro millones de valores mercantiles no necesita una sola pizca de ese metal. En su función de medida de valor, por consiguiente, el dinero sirve como dinero puramente figurado o ideal. Esta circunstancia ha dado pie a las teorías más desatinadas. Aunque para la función de medir el valor sólo se utiliza dinero figurado, el precio depende estrictamente del material dinerario real. El valor, es decir, la cantidad de trabajo humano que contiene, por ejemplo, una tonelada de hierro, se expresa en una cantidad figurada de la mercancía dineraria que contiene la misma cantidad de trabajo. Según sea el oro, la plata o el cobre el que preste servicios como medida del valor, el valor de la tonelada de hierro tendrá expresiones de precio totalmente diferentes, o se representará en cantidades de oro o plata o cobre por entero distintas.
Por tanto, si dos mercancías distintas --por ejemplo el oro y la plata-- sirven simultáneamente como medida del valor, todas las mercancías tendrán dos expresiones de precio diferentes, precios en oro y precios en plata, que coexistirán sin sobresaltos mientras la relación que existe entre el oro y la plata se mantenga inalterada, por ejemplo 1:15. Pero todo cambio en esa relación de valor perturbará la proporción entre los precios áureos y los precios argénteos de las mercancías y demostrará así, de manera efectiva, que la duplicación de la medida del valor contradice la función de la misma.
Las mercancías con precios determinados se representan todas en la fórmula siguiente: a mercancía A = x oro; b mercancía B = z oro; c mercancía C = y oro, etc., donde a, b, c representan determinadas cantidades de las clases de mercancías A, B, C; x, z, y, determinadas cantidades de oro. Los valores de las mercancías, pues, se transforman en cantidades de oro figurado y de diferente magnitud, y por ende, pese al enmarañado abigarramiento de los cuerpos de las mercancías, en magnitudes de igual denominación, en magnitudes de oro. En cuanto tales, esas cantidades disímiles de oro se comparan y miden entre sí, desarrollándose de este modo la necesidad, desde el punto de vista técnico, de vincularlas todas a una cantidad fija de oro que oficie de unidad de medida. Esta unidad de medida misma continúa desarrollándose, gracias a su división ulterior en partes alícuotas, hasta llegar a ser un patrón de medida. Con anterioridad a su transformación en dinero, el oro, la plata, el cobre poseen ya tales patrones en sus pesos metálicos; de modo, por ejemplo, que una libra sirve como unidad de medida, y mientras que por una parte se la subdivide en onzas, etc., por la otra se suman libras hasta formar un quintal, etc. En toda circulación metálica, por consiguiente, las denominaciones del patrón de peso, preexistentes, son también los nombres originarios del patrón dinerario o patrón de los precios.
En cuanto medida de los valores y como patrón de los precios, el dinero desempeña dos funciones completamente diferentes. Medida de los valores es el dinero en cuanto encarnación social del trabajo humano, patrón de los precios, como peso metálico fijo. En cuanto medida del valor, el dinero sirve para transformar en precios, en cantidades figuradas de oro, los valores de las variadísimas mercancías, en cuanto medida de los precios, mide precisamente esas cantidades de oro. Con la medida de los valores se miden las mercancías en cuanto valores; el patrón de precios, en cambio, mide con arreglo a una cantidad de oro las cantidades de dicho metal y no el valor de una cantidad de oro conforme al peso de la otra. Para el patrón de precios es necesario fijar determinado peso en oro como unidad de medida. Aquí, al igual que en todas las demás determinaciones de medida de magnitudes de igual denominación, lo decisivo es la fijeza que alcancen las relaciones de medida. El patrón de los precios, por ende, desempeñará tanto mejor su función cuanto más invariablemente una y la misma cantidad de oro oficie como unidad de medida. Si el oro puede servir como medida de los valores, ello se debe únicamente a que él mismo es producto del trabajo, y por tanto, potencialmente, un valor variable.
Resulta claro, por de pronto, que un cambio en el valor del oro en modo alguno afecta su función en cuanto patrón de precios. Por más que varíe el valor del oro, cantidades diversas del metal se mantienen siempre en la misma relación recíproca de valor. Aunque el valor del oro bajara en un 1000%, 12 onzas de oro valdrían, como siempre, 12 veces más que una onza de esa sustancia, y en los precios lo único que interesa es la proporción recíproca entre distintas cantidades de oro. Por otra parte, así como el peso de una onza de oro en modo alguno varía con la baja o el alza de su valor, tampoco se modifica el de sus partes alícuotas, y de esta manera el oro, en cuanto patrón fijo de los precios, presta siempre el mismo servicio por más que cambie su valor.
El cambio en el valor del oro tampoco obsta a su función como medida del valor. Dicha variación afecta simultáneamente a todas las mercancías, dejando por tanto inalterados, cæteris paribus [si las restantes condiciones no varían], sus valores relativos recíprocos, aun cuando todos se expresen ahora en precios áureos superiores o inferiores a los de antes.
Al igual que cuando se representa el valor de una mercancía en el valor de uso de otra cualquiera, al evaluar las mercancías en oro se parte sólo del supuesto de que la producción de una cantidad determinada de oro, en un tiempo dado, insume una cantidad dada de trabajo. En lo que respecta al movimiento de los precios mercantiles en general, rigen las leyes de la expresión relativa simple del valor, analizadas más arriba.
Los precios de las mercancías sólo pueden aumentar de manera generalizada si se mantiene constante el valor del dinero y aumentan los valores de las mercancías o si, permaneciendo éstos inalterados, el valor del dinero baja. Y a la inversa. Los precios de las mercancías sólo pueden bajar de manera generalizada si no varía el valor del dinero y descienden los valores mercantiles, o si éstos se mantienen constantes y aumenta el valor del dinero. En modo alguno se sigue de esto que un mayor valor del dinero traiga consigo una baja proporcional en el precio de las mercancías, y un valor menor del dinero un alza proporcional en el precio de las mismas. Esto sólo rige para mercancías de valor inalterado. Las mercancías, por ejemplo, cuyo valor asciende en la misma medida y al mismo tiempo que el valor del dinero, conservan incambiados sus precios. Si su valor aumenta más lenta o más rápidamente que el del dinero, la baja o el alza de sus precios estará determinada por la diferencia entre el movimiento de su valor y el del dinero, etcétera.
Pero pasemos ahora al examen de la forma de precio.
Las denominaciones dinerarias de los pesos metálicos se separan gradualmente de sus primitivas denominaciones ponderales. Obedece ello a diversas razones, de las cuales las siguientes son las históricamente decisivas: 1) Introducción de dinero extranjero en los pueblos menos desarrollados; en la antigua Roma, por ejemplo, las monedas de plata y oro circularon primero como mercancías foráneas. Las denominaciones de este dinero extranjero difieren de las denominaciones locales de los pesos. 2) A medida que se desarrolla la riqueza, el metal menos precioso se ve desplazado por el más precioso de la función de medir el valor. Al cobre lo desaloja la plata, a la plata el oro, por mucho que esta secuencia entre en contradicción con toda cronología poética. Libra, por ejemplo, era el nombre dinerario de una libra efectiva de plata. No bien el oro desplazó a la plata como medida del valor, el mismo nombre quedó adherido a más o menos 1/15, etc., de libra de oro, con arreglo a la relación de valor entre este metal y la plata. Quedan separadas ahora libra como nombre dinerario y como denominación ponderal corriente del oro. 3) La falsificación de dinero por parte de los príncipes, practicada secularmente, que del peso originario de las piezas monetarias no dejó en pie, de hecho, más que el nombre.
Estos procesos históricos transforman en costumbre popular el divorcio entre el nombre dinerario de los pesos metálicos y su denominación ponderal corriente. Como el patrón dinerario por una parte es puramente convencional y por la otra requiere vigencia general, a la postre se lo regula por la vía legal. Oficialmente se divide una porción ponderal del metal precioso, por ejemplo una onza de oro, en partes alícuotas que reciben nombres de pila legales, como por ejemplo libra, tálero, etc. Dicha parte alícuota, que luego oficia de unidad efectiva de medida dineraria, es subdividida en otras partes alícuotas bautizadas también con nombres legales, como chelín, penique, etc. Determinados pesos metálicos, como siempre, siguen siendo el patrón del dinero metálico. Lo que se ha modificado es la subdivisión y la nomenclatura.
Los precios, o las cantidades de oro en que idealmente se transforman los valores de las mercancías, se expresan ahora en las denominaciones dinerarias o en las denominaciones de cuenta, legalmente vigentes, del patrón áureo. En vez de decir, por consiguiente, que un quarter de trigo equivale a una onza de oro, en Inglaterra se dirá que es igual a 3 libras esterlinas, 17 chelines y 10 1/2 peniques. Unas a otras, las mercancías se dicen así lo que valen, en sus nombres dinerarios, y el dinero sirve como dinero de cuenta toda vez que corresponde fijar una cosa como valor, y por tanto fijarla bajo una forma dineraria.
El nombre de una cosa es por entero exterior a la naturaleza de la misma. Nada sé de una persona de la que sé que se llama Jacobus. De igual suerte, en las denominaciones dinerarias libra, tálero, franco, ducado, etc., se desvanece toda huella de la relación de valor. La confusión en torno al sentido secreto de estos signos cabalísticos se vuelve tanto mayor por cuanto las denominaciones dinerarias expresan el valor de las mercancías y, al propio tiempo, partes alícuotas de un peso metálico, del patrón dinerario. Por otra parte el valor, a diferencia de los abigarrados cuerpos que pueblan el mundo de las mercancías, tiene que desarrollarse hasta asumir esa forma que es propia de una cosa y ajena al concepto, pero, también, simplemente social.
El precio es la denominación dineraria del trabajo objetivado en la mercancía. La equivalencia entre la mercancía y la cantidad de dinero cuyo nombre es el precio de aquélla, es, por consiguiente, una tautología, ya que la expresión relativa del valor de una mercancía es siempre y en general expresión de la equivalencia entre dos mercancías. Pero si el precio, en cuanto exponente de la magnitud de valor de la mercancía, es exponente de la relación de intercambio que media entre ella y el dinero, de esto no se desprende, a la inversa, que el exponente de su relación de intercambio con el dinero sea necesariamente exponente de su magnitud de valor. Supongamos que en 1 quarter de trigo y en 2 libras esterlinas (aproximadamente 1/2 onza de oro) se representa una magnitud igual de trabajo socialmente necesario. Las [sterling] 2 son expresión dineraria de la magnitud de valor que presenta el quarter de trigo, o sea su precio. Ahora bien, si las circunstancias permiten cotizarlo a [sterling] 3 u obligan a tasarlo a [sterling] 1, tendremos que [sterling] 1 y [sterling] 3 serán expresiones demasiado pequeñas o demasiado grandes de la magnitud de valor alcanzada por el trigo, pero no por ello dejarán de ser precios del mismo, ya que en primer término son sus formas de valor, dinero, y en segundo lugar exponentes de su relación de intercambio con el dinero. Caso de mantenerse inalteradas las condiciones de producción, o la fuerza productiva del trabajo, para la reproducción del quarter de trigo será necesario ahora emplear tanto tiempo de trabajo social como antes. Esta circunstancia no depende de la voluntad de quien produce el trigo ni de los demás poseedores de mercancías. La magnitud del valor de la mercancía expresa, pues, una relación necesaria e inmanente al proceso de formación de la mercancía con el tiempo necesario de trabajo. Al transformarse en precio la magnitud del valor, esta relación necesaria se pone de manifiesto como relación de intercambio de una mercancía con la mercancía dineraria, existente al margen de ella. Pero en esta relación tanto puede expresarse la magnitud del valor de la mercancía, como el más o el menos por el que en determinadas circunstancias puede enajenarse. Por tanto, en la forma misma del precio está implícita la posibilidad de una incongruencia cuantitativa, de una divergencia, entre el precio y la magnitud del valor. No se trata, en modo alguno, de un defecto de esa forma, sino que al contrario es eso lo que la adecua a un modo de producción en el cual la norma sólo puede imponerse como ley promedial que, en medio de la carencia de normas, actúa ciegamente.
La forma del precio, sin embargo, no sólo admite la posibilidad de una incongruencia cuantitativa entre magnitud del valor y precio, o sea entre la magnitud del valor y su propia expresión dineraria, sino que además puede albergar una contradicción cualitativa, de tal modo que, aunque el dinero sólo sea la forma de valor que revisten las mercancías, el precio deje de ser en general la expresión del valor. Cosas que en sí y para sí no son mercancías, como por ejemplo la conciencia, el honor, etc., pueden ser puestas en venta por sus poseedores, adoptando así, merced a su precio, la forma mercantil. Es posible, pues, que una cosa tenga formalmente precio sin tener valor. La expresión en dinero deviene aquí imaginaria, como en ciertas magnitudes matemáticas. Por otra parte, la forma imaginaria del precio --como por ejemplo el precio de la tierra no cultivada, que no tiene valor alguno porque en ella no se ha objetivado ningún trabajo humano-- puede contener una efectiva relación de valor o una relación derivada de ésta.
Al igual que la forma relativa de valor en general, el precio expresa el valor de una mercancía, digamos el de una tonelada de hierro, estableciendo que determinada cantidad de equivalente, por ejemplo una onza de oro, es directamente intercambiable por el hierro, pero en modo alguno que, a la inversa, el hierro sea a su vez directamente intercambiable por el oro. En consecuencia para que una mercancía pueda operar de manera efectiva como valor de cambio, ha de desprenderse de su corporeidad natural, transformarse de oro puramente figurado en oro real, aun cuando esta transustanciación le resulte más "amarga" que al "concepto" hegeliano el tránsito de la necesidad a la libertad o a una langosta romper su viejo caparazón, o a Jerónimo, Padre de la Iglesia, desembarazarse del viejo Adán. Junto a su figura real, por ejemplo la de hierro, la mercancía puede poseer en el precio una figura ideal de valor o una de oro figurado, mas no puede ser a la vez hierro real y oro también real. Para fijar su precio, basta con equipararla a oro figurado. Pero es necesario remplazarla por este metal para que preste a su poseedor el servicio de equivalente general. Si el poseedor del hierro se enfrentase, por ejemplo, al de una mercancía de esas que se consumen en el gran mundo y le señalara que el precio del hierro es la forma de dinero, nuestro hombre de mundo le respondería como San Pedro a Dante en el Paraíso, una vez que éste le recitara la fórmula de los artículos de fe:

"Assai bene è trascorsa
D'esta moneta già la lega e' l peso,
Ma dimmi se tu l'hai nella tua borsa".

["La ley y el peso de esta moneda están muy bien examinadas, pero dime, ¿la tienes en tu bolso?"] 

La forma del precio lleva implícita la enajenabilidad de las mercancías por dinero y la necesidad de esa enajenación. Por otra parte, el oro sólo desempeña la función de medida ideal del valor, puesto que en el proceso de intercambio discurre ya como mercancía dineraria. Oculto en la medida ideal de los valores, acecha pues el dinero contante y sonante. >>
    

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